Realizado por: Prof. MSc. José J.
Velásquez.
RESUMEN
Este trabajo tuvo como finalidad analizar la visión sobre Nuestra Guayana Esequiba, investigación que se orientó en un trabajo documental, sustentado en fuentes teóricas y normativas, tales del ordenamiento jurídico venezolano, permitiendo llegar a la conclusión que, al aplicar la ontología de la defensa como la conexión del Ser productor, defensor y desarrollador del Estado, la República Bolivariana de Venezuela de manera sublime, continuara reclamando desde la paz y la moral, el horizonte estratégico para recuperar nuestro territorio y no cabe duda que ¡El Sol de Venezuela Nace en el Esequibo!
Este artículo tiene como finalidad analizar la visión sobre nuestra Guyana Esequiba. Proviene de una elaboración que el autor ha realizado a partir de unos documentos y libros presentados en la historia de Venezuela, para entender la controversia que hoy acecha nuestro territorio, visto desde una perspectiva de la Defensa Integral. ¨El Sol de Venezuela Nace por el Esequibo¨, con este eslogan surge el fuego sagrado del renacer de la posición patria para recuperar el territorio Esequibo. Después de mucho tiempo en controversia para la reclamación territorial por parte de la Republica Bolivariana de Venezuela ante la Republica Cooperativa de Guyana y la participación de la Gran Bretaña (Inglaterra e Irlanda del Norte) como actores del acuerdo de Ginebra de 1966.
Es de resaltar que el autor busca contribuir en la construcción de la conciencia nacional sobre la defensa de lo nuestro, en el ámbito cívico militar.
INTRODUCCIÓN
La República Bolivariana de Venezuela en su afán de preservar el territorio que le pertenece por tradición histórica. Heredada del reino de castilla, que posteriormente se convirtió en España. (Los Reinos de Castilla y Aragón). Este imperio invadió gran parte de la América Meridional en el siglo XVI. Se debe acotar que el imperio español no conquisto estas tierras solo por fuerza y sangre, si no por medio de la religion. Por consiguiente la iglesia católica, para esta época regulaba la guerra o el ¨Derecho de Gente¨ por lo que dio derecho a que estas tierras americanas fueran donadas por el Papa Alejandro VI (1431-1503), quien era descendiente de la familia de Borgia, a España y Portugal, a través de una bula papal de 1494; esta bula papal establecía que las tierras de América Meridional descubiertas en 1492 en el primer viaje de colon y las futuras por encontrar, serian de España y Portugal, trazando líneas divisorias de esta repartición; igualmente le otorgo a los reyes españoles, Castilla y Aragón, el titulo de Reyes Católicos.
E igualmente, la Republica Bolivariana de Venezuela reclama su territorialidad como parte del legado histórico de nuestros libertadores y geopolíticamente es la única salida independiente y soberana que tiene a la fachada atlántica; convirtiéndose en un espacio vital para la soberanía de la patria. En la constitución de 1999, en su Art. 10: establece lo siguiente:
¨El territorio y demás espacios geográficos de la República son los que correspondían a la Capitanía General de Venezuela antes de la transformación política iniciada el 19 de abril de 1810, con las modificaciones resultantes de los tratados y laudos arbitrales no vinculados de nulidad¨. Esta contextualización se encuentra en casi todas las constituciones que ha tenido Venezuela ¨.
En contraparte la República Cooperativa de Guyana también hace reclamación de estos espacios, fundamentándose en el tratado del Laudo de París, firmado el 09 de Octubre de 1899, entre Gran Bretaña y Venezuela. En este tratado no hubo representación de ningún venezolano, estuvieron presentes representantes de Inglaterra (Barón Russel of Killowen y el Sr.Richar Henn Collins); EEUU (Melville Weston Fuller) y por Rusia (Frederic de Martens, quien fue nombrado presidente de este tribunal), tal como se encuentra señalado en el tratado de arbitraje de fecha 09 de Octubre de 1899 (editado en la obra El reclamo a la Guayana Esequiba, 1982, p.27) allí se estableció que la Guayana Esequiba es de Gran Bretaña; Venezuela reconoce y ratifica ese tratado, tomando en cuenta que desde 1840 hace reclamo, cuando Robert Schomburgk elaboro por instrucciones del Imperio Británico una segunda demarcación donde abarca 142.000 km2 del territorio venezolano, Publicado en el ¨Sketch Map¨ de los parliamentary Papers¨. La causa de esta apropiación indebida por parte del imperio Británico, fue la codicia de las grandes compañías, hoy conocidas como transnacionales mineras de Londres por la aparición de la explotación de oro.
En virtud de lo anteriormente planteado, es de resaltar que Robert Schomburgk realizo otras dos demarcaciones anteriores, una primera en 1835, la cual tomo como limite el rio Esequibo y en su desembocadura se introduce el territorio venezolano, abarcando 4.920 km2. Esta primera demarcación fue financiada por el Consejo de la Real Sociedad Geográfica de Londres, es de subrayar que este primer mapa fue escondido a causa de los intereses del Imperio Británico. Una tercera demarcación expuesta en un mapa de 1887, con unos límites más ambiciosos de 168.000 km2al oeste del Esequibo, en territorios venezolanos del actual estado Bolívar, como son las poblaciones de Guasipati, Tumeremo, El Callao, El Perú. En estas últimas poblaciones opera actualmente la empresa minera venezolana (MINERVEN), de igual forma el tercer mapa fue publicado 22 años después de la muerte de Robert Schomburgk. Esto llama mucho la atención, y se puede ver claramente las ansias de expansión y dominio de estas tierras por su valor Geoestratégico y Geopolítico.
ENCARANDO LA DEFENSA
Venezuela en virtud de su defensa utilizo notas diplomáticas directas a Gran Bretaña, e igual denuncio por medio de la cancillería a la Organización de Naciones Unidas. En esta instancia de carácter internacional por intermediación de los Estados Unidos de Norte América (EEUU) e invocando la Doctrina Monroe de 1823, donde se establece que ninguna potencia extranjera puede invadir territorio americano, y tomando como variable la posición de Gran Bretaña y su pretensión de poseer parte del territorio venezolano, tal como se publico en el mapa de 1887, EEUU, se percata de que si las bocas del Orinoco pasan a manos de Gran Bretaña, este imperio lograría la hegemonía en el norte del continente suramericano. Por consiguiente Londres acepta la controversia sobre el territorio Esequibo, tomando como base el territorio de la Capitanía General de Venezuela de 1777; para tal fin pasaron dos años de discusión para firmar en 1899 el Laudo de París.
Quizás se preguntaran ¿por qué la Republica Bolivariana de Venezuela firma y ratifica el tratado de París de 1899?, la respuesta es porque no tenía otra opción, por falta de representación y a la situación que atravesaba internamente entre ellas:
1) La violencia interna por causas de diatribas políticas por poder, entre liberales y conservadores.
2) La aplicación de una política represiva en nombre del gran partido liberal (Gral. Antonio Guzmán Blanco, Presidente de Venezuela, durante el 15 de septiembre de 1886 hasta 1888), entre otros eventos controversiales que desestabilizaron el país en lo que a orden interno se refiere, tal como aconteció en 1902 cuando estalla la Revolución Liberadora, que reconoce como jefe al Gral. Manuel Antonio Matos y es derrotada en la Victoria por el Gral. Cipriano castro; los gobiernos de Gran Bretaña y Alemania al ver el fracaso de matos al cual ayudaban, envían un ultimátum al gobierno de Castro y bloquean nuestras costas, cometen actos ilegales toman el castillo de puerto cabello. Castro renuncia pero el congreso no acepta, su alegato era: ¨porque le dijeron que la represión y presión internacional no era en contra del país, si no contra él.
Estos hechos históricos cargados de violencia política, que vivió la Republica Bolivariana de Venezuela en el periodo donde se firmo y ratifico el Tratado del Laudo de París de 1899, llevaron al debilitamiento de la Republica en todos sus ámbitos de acción tales como: el político, militar, económico, social, teniendo repercusiones negativas en el ámbito internacional.
PERO VENEZUELA SE CRECE
Es con la muerte de Severo Malle-pre-vost, un 01 de diciembre de 1948, que la Republica Bolivariana de Venezuela, conoce 67 años después la realidad de las conversaciones y acuerdos que sostuvieron EEUU, Inglaterra y Rusia, para llegar a la firma del Laudo de París de 1899, donde se expropia, bajo usurpación el territorio que limita con el rio Esequibo es decir nuestra Guyana, Malle-pre-vost después de 49 años de la firma de ese Laudo, entrego un documento explicativo y evidencias donde dio a conocer los pormenores de las irregularidades e injusticias cometidas a la Republica Bolivariana de Venezuela, con la firma del Laudo de París de 1899, publicado en 1949, por el American Journal of Internacional Law, después de su muerte. Siendo este precedente el comienzo de otra historia en este tema para el país, tomando una posición de defensa, haciendo reclamos sustentados a la Gran Bretaña y a nivel internacional acerca de que el Laudo de París era nulo e irrito, y que afectaba entre otras cosas:
1. La línea fronteriza acatada, fue el resultado de una coacción del representante ruso como presidente del tribunal a los árbitros americanos, aludiendo que votaría por una frontera aun más desfavorable para la Republica Bolivariana de Venezuela; y no se cumplió con la norma jurídica, la cual consistía en una línea de Derecho ¨Utis Posidetis Juris¨de 1777, la cual había sido ratificada por Gran Bretaña.
2. Libre navegación de los ríos de la Republica Bolivariana de Venezuela Barima y Macuro, para la cual no estaban facultados.
3. Alteración de mapas.
4. Un acuerdo político entre Inglaterra y Rusia, donde Inglaterra se favorecía con este territorio en América y Rusia con territorios en Europa, entre otros acuerdos. Teniendo la Republica Bolivariana de Venezuela estos alegatos, no descansa ante la comunidad internacional de denunciar esta expropiación y usurpación territorial de la Guyana Esequiba.
Según la división administrativa de Guyana, la Guayana Esequiba abarcaría la totalidad de las regiones de Barima - Waini, Cuyuni - Mazaruni, Pomeroon - Supenaam, Potaro - Siparuni, Alto Takutu - Alto Esequibo y la parte occidental de la región de Islas Esequibo - Demerara Occidental. Cada región está administrada por un Consejo Regional Democrático (Regional Democratic Council - RDC), que están encabezados por un jefe o Presidente (Chairman).
REGIONES DE GUYANA RECLAMADAS POR VENEZUELA
COMO PARTE DE LA GUAYANA ESEQUIBA
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El acuerdo de Ginebra de 17 de Febrero de 1966; firmado entre Gran Bretaña (Inglaterra e Irlanda del Norte) por el Sr. Michael Stewart, Secretario de Estado de Relaciones Exteriores; por la Republica Bolivariana de Venezuela, el Sr. Ignacio Iribarren Borges (Ministro de Relaciones Exteriores); y por la Guyana Británica, Forbes Burnham (Primer Ministro de la Guyana Británica); ratificado por el Congreso Venezolano el 15 de Abril de 1966; mediante el cual Gran Bretaña reconoce la controversia territorial: ¨las conversaciones gubernamentales relativas a la controversia entre Venezuela y el Reino Unido sobre las fronteras con Guyana Británica, según el comunicado conjunto del 7 de noviembre de 1963, han llegado al siguiente acuerdo para resolver la presente controversia… Art 1: Se establece una comisión mixta con el encargo de buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia venezolana de que el Laudo Arbitral de 1899… es nulo e irrito¨.
En el acuerdo de Ginebra, en su artículo IV, se establece un plazo de cuatro años para que la comisión mixta presente un informe final sobre la controversia, el cual fue presentado el 18 de junio de 1970, allí no hubo acuerdo entre las partes.
El Acuerdo de Ginebra fue publicado en la Gaceta Oficial de Venezuela Nº 28.008 del 15 de abril de 1966 y posteriormente registrado por este mismo país el 5 de mayo de 1966 en la Secretaría General de la Organización de las Naciones Unidas bajo el Nº I-8192.2, Tres meses después de la firma del acuerdo, el 26 de mayo de 1966, la colonia de Guayana Británica recibe la independencia llamándose a partir de entonces, "República de Guyana", (y desde 1970: República Cooperativa de Guyana), fecha a partir de la cual el nuevo Estado pasa a formar parte del acuerdo como país soberano e independiente junto a Reino Unido y Venezuela, aunque sustituye totalmente a Reino Unido en las conversaciones con Venezuela respecto al diferendo limítrofe.
Siendo el Acuerdo de Ginebra un elemento transitorio para llegar a una solución definitiva, muchos lo definen como "un acuerdo para llegar a un acuerdo" y aunque en la interpretación venezolana invalida el laudo de 1899, se mantiene el statu quo que él derivó. Por lo tanto, el área en reclamación se encuentra bajo la autoridad del gobierno de Guyana hasta que no se resuelva algo diferente conforme al tratado. El artículo primero del documento, expresa: ¨se reconoce la contención de Venezuela de considerar nulo e írrito la decisión del tribunal que definió su frontera con Guayana Británica. Reino Unido y Guyana (entonces Guayana Británica) al firmar el documento reconocen el reclamo y la inconformidad de Venezuela acordándose así encontrar una solución práctica, pacífica y satisfactoria para las partes.
En el Acuerdo de Ginebra se establece la creación de una Comisión Mixta integrada por representantes de Venezuela y de Guayana Británica (Reino Unido, a pesar de ser parte firmante del tratado, no tiene participación en la comisión) la cual en un plazo de 4 años tendría que decidir cuál podía ser la solución al problema limítrofe, una vez vencido este plazo, se suscribe en 1970 el Protocolo de Puerto España entre Guyana, Reino Unido y Venezuela por el cual se “congelaba”, por un término de 12 años, parte del Acuerdo de Ginebra. En 1982 Venezuela decide no ratificar el Protocolo de Puerto España y se vuelve a lo establecido en el acuerdo.
En 1983 Venezuela propone la negociación directa con Guyana pero ésta no acepta y propone tres alternativas: la Asamblea General de las Naciones Unidas, el Consejo de Seguridad o la Corte Internacional de Justicia, las cuales Venezuela rechaza.
Ese mismo año de 1983, por iniciativa de Venezuela, el conflicto limítrofe se lleva bajo los auspicios del Secretario General de las Naciones Unidas, en concordancia a lo previsto en el artículo IV numeral 2 del acuerdo y apegados al artículo 33º de la Carta de las Naciones Unidas referente a los medios de soluciones pacíficas de controversias.
En 1987 Guyana y Venezuela deciden aceptar el método de los Buenos Oficios que comienza a funcionar desde 1989 en la persona de un Buen oficiante elegido y aceptado por las partes. Esta figura tiene como función acercar a ambos gobiernos con el fin de que estos lleguen a una solución satisfactoria como lo dicta el tratado.
El último Buen oficiante fue el jamaicano Norman Girvan quien fue elegido y aceptado por ambos países con la aprobación del Secretario General de la ONU.
Es de resaltar que la posición de las partes en su interpretación difiere según del artículo 1 del acuerdo:
Artículo I: Se establece una Comisión Mixta con el encargo de buscar soluciones satisfactorias para el arreglo práctico de la controversia entre Venezuela y el Reino Unido surgidas como consecuencia de la contención venezolana que el Laudo arbitral de 1899 sobre la frontera entre Venezuela y Guayana Británica es nulo e írrito.
Para Guyana, la finalidad del acuerdo es inicialmente determinar si Laudo Arbitral de París es nulo e írrito y que por lo tanto, a menos que Venezuela demuestre la nulidad, para el Estado guyanés el laudo es una sentencia definitiva.
Para Venezuela, el objeto del acuerdo es comprometer a las partes a llegar a una solución satisfactoria para acuerdo práctico entre los dos países. Considera que la nulidad del Laudo Arbitral de París está implícita y explícitamente demostrada y aceptada en el texto del documento, firmado por Guyana cuando era aún colonia, y que sin ese reconocimiento, simplemente no tuviera sentido el acuerdo ni Guyana tendría que haberlo firmado.
Conscientes de las potencialidades que representa la fachada atlántica y sus áreas adyacentes, ante el nuevo mapa estratégico, arriba descrito, la República Bolivariana de Venezuela, por medio del Presidente Nicolás Maduro, (Alocución ante la Asamblea Nacional de Venezuela el 6 de Julio de 2015, la aceptación de la ONU fue posterior a la alocución). Quien dio continuidad a al proceso de la diplomacia de paz iniciado por el Presidente Hugo Chávez se da un proceso de consolidación sustentado en el tercer objetivo histórico de: “Convertir a Venezuela en un país potencia” en lo social, lo económico y lo político. Angiolillo, F (2008).
Las insuperables reservas de gas natural probadas descubiertas recientemente, en Tajalí, Lorán y Cocuina, mar afuera en los linderos marítimos con Trinidad. Asímismo, las enormes riquezas de la Faja
Petrolífera Hugo Chávez Frías, consideradas el mayor reservorio de combustible en todo el planeta, sumado al potencial gasífero, hidroeléctrico, las grandiosas reservas de agua dulce, minerales estratégicos (Oro, Diamante, Coltán, hierro, bauxita) y las riquezas marítimas y biológicas; todas ellas a muy corta distancia de los grandes centros industriales, hacen de esta zona, un blanco apetecible a los intereses hegemónicos.
Por esta razón, que se hace vital para la república, el fortalecer el sentimiento nacionalista, el sentido patrio y el arraigo como nación. El ilustrar a toda la población que habita en nuestro territorio, sobre nuestras fortalezas y amenazas. El concientizar sobre el alto valor estratégico que representa el Territorio Esequibo y sus alrededores para las oscuras apetencias de las potencias hegemónicas. El desenmascarar los intereses que se esconden detrás de las grandes corporaciones internacionales; desde las transnacionales petroleras, energéticas, los monopolios de laboratorios, pasando por aquellas que hacen negocios con nuestros recursos minerales y biológicos, hasta llegar sobre todo, a aquellas transnacionales que han descubierto, las extraordinarias ganancias que trae consigo el mercado de la carrera espacial.
Conclusión
A través de los tiempos y de la historia, la situación de nuestro Esequibo nos deja tener en cuenta que la legítima defensa de la soberanía del territorio le corresponde a todas y todos los venezolanos, tal como lo establece el pacto social, en su Art. 326, ya que el principio de corresponsabilidad y soberanía no se entrega, se defiende, por consiguiente desde la ontología de la defensa la cual está conformada por elementos convergentes que se interrelacionan para estructurar un cuerpo bien definido de protección, en equilibrio, con posibilidades de alteración por la manifestación de un daño que irrumpe la armonía en un buen ordenamiento, preservara la seguridad de la nación y el manteamiento del orden interno.
Finalmente con base a lo antes expuesto, tener claro que al aplicar la ontología de la defensa como la conexión del Ser productor, defensor y desarrollador del Estado, la Republica Bolivariana de Venezuela de manera sublime, continuara reclamando desde la paz y la moral el horizonte estratégico para recuperar nuestro territorio y no cabe duda que ¡El Sol de Venezuela Nace en el Esequibo!
Referencias
Angiolillo, F (2008): La Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR) “Alianzas Militares”. Editorial El Perro y la Rana. Premio Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Hugo Chávez Frías, 2009; Premio Gustavo Machado al Mejor Ensayo de Pensamiento Político otorgado por El Concejo Municipal Bolivariano de Caracas (2013); Propuesto junto a otros tres autores por el Comandante en Jefe Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros en la onceava edición de FITVEN, en Marzo (2015), para integrar la Biblioteca Antiimperialista: Óscar López Rivera, conocido como “el Nelson Mandela de nuestra América” Actualmente se encuentra en espera su publicación necesaria.
Arellano Moreno, A. (1955): Guía de historia de Venezuela, 1492-1945. Ediciones EDIME, Caracas.
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. (1999). Gaceta Oficial Nº 36.860 del 30 de Diciembre de 1999.
Fuerza Aérea Venezolana (1982): El reclamo a la Guyana Esequiba, Homenaje al Libertador Simón Bolívar en el 62 Aniversario de la Fuerza Aérea Venezolana. Impreso por editorial Arte, de Caracas, pp27.
Maduro M. Nicolás (2015): Alocución ante la Asamblea Nacional la Republica Bolivariana de Venezuela, el día 6 de julio 2015. Recogido en la obra La verdad sobre el Esequibo, pp. 103 – 12, Ministerio del poder popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno. Caraca, www.presidencia.gob.ve
Ministerio del poder popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión de Gobierno (2015): La verdad sobre el Esequibo. Ediciones de la Presidencia de la República, Caracas, www.presidencia.gob.ve
Tratado de Ginebra (1966). Recogido en la El reclamo a la Guyana Esequiba, Homenaje al Libertador Simón Bolívar en el 62 Aniversario de la Fuerza Aérea Venezolana. Impreso por editorial Arte, de Caracas
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