Del Catastro tradicional al Catastro Comunal: Una Transición Necesaria”. Darwin Lizarzabal


El autor es estudiante del Diplomado en Planificación del Hábitat y la Ciudad Comunal de la FEVP.

Introducción
La construcción de la ciudad comunal requiere de la reinterpretación y la teorización de los conceptos formadores de la concepción de ciudad tradicional, desde el origen de la ciudad el catastro juega un papel fundamental a la hora de planificar, gestionar y fiscalizar la misma. El catastro en su concepción mercantilista representa una herramienta para inventariar las riquezas materiales (Inmuebles) de un espacio geográfico determinado, utilizándose en nuestro país las Oficinas Municipales de Catastro (OMC), como un apéndice de la hacienda pública, convirtiéndose así en un órgano recaudador de impuestos mediante la sobreexplotación del aspecto físico del catastro, quedando los aspectos jurídicos y valorativos relegados y subordinados a cadenas documentales y a simples cálculos masivos respectivamente. Incluso una efectiva combinación de lo físico, lo jurídico y lo valorativo nos plantea un catastro ineficiente a la hora de gestionar las necesidades del estado comunal, por esta razón se hace inminentemente necesaria una transición de la visión tradicional del catastro hacia una visión comunal donde se conjuguen todos los elementos que modelan y condicionan la existencia y continuidad de los inmuebles y su interacción con las distintas estructuras comunales, así como su relación con los habitantes, entendiendo que detrás de cada parcela y detrás de cada estructura existe un ser vivo (humano, animal o vegetal) el cual debe ser tomado en cuenta a la hora de realizar análisis, cálculos y planes.

El catastro como lo concebimos hasta el momento en Venezuela es producto del proceso de invasión colonizadora que sufrió nuestro país y que aún mantiene viva parte de su estructura, la desigualdad social, cultural y económica se encuentra presente en el diseño de las ciudades que hoy habitamos. Tradicionalmente el catastro ha sido utilizado como una herramienta comercial contribuyendo groseramente al acrecentamiento de las desigualdades en nuestro territorio.

Según el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (2011): “…El catastro es el inventario o censo, debidamente actualizado y clasificado, de los bienes inmuebles pertenecientes al estado y a los particulares, con el objeto de lograr su correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica” (Resolución 0070).

Planteado de esta manera el catastro resulta ser una simple herramienta de cuantificación, identificación y clasificación de inmuebles puesta al servicio de los poderosos.

En Venezuela se ordena el establecimiento de las Oficinas Municipales de Catastro (OMC), en la Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional a través de su artículo N° 55, dicho artículo ha sido acatado a medias dentro de las estructuras de gobiernos municipales, en algunos casos la OMC ha sido creada como una coordinación o un departamento y en otros casos ni siquiera existe, manejándose las actividades catastrales a través de infraestructura o planificación urbana. El establecimiento de las OMC a nivel nacional es un reflejo de la decadente concepción que se tiene del catastro y esta concepción a su vez es reflejo del carácter mercantil que se le ha inoculado al catastro en nuestro país.

El catastro debe concebirse como una poderosa herramienta que impulse planes y políticas públicas en beneficio de lo colectivo, considerando la individualización del inmueble como una acción para construir la base de datos geográficos comunal.

Es tiempo de repensar un nuevo catastro con la participación activa de las comunidades organizadas, para ello debemos tomar distancia de cualquier iniciativa de colorear el catastro tradicional con matices comunitarios, por el contrario se debe fragmentar las bases del catastro mercantilista para dar paso al nacimiento de un catastro comunal, en el cual se consideren de manera integral los aspectos; físico, jurídico y valorativo del catastro tradicional y que los mismos estén en vinculación directa con los aspectos; social y ecológico.

Impulsar una transformación integral del catastro supone un cambio de paradigma que contempla la relación de gobierno compartido entre el poder constituido y el poder constituyente, siendo éste último la fuente de información primaria en los datos de entrada y el principal beneficiario en los resultados emanados de la relación de cogobierno catastral.

Desvincularse del catastro mercantil y transitar hacia el catastro comunal supone adoptar una conciencia geográfica de lo común y empoderar a las comunidades organizadas para asumir parte de las competencias en materia de su formación y conservación, con valores sociales y ecológicos.

En este sentido el catastro comunal puede definirse como un ente de dominio público que permite la vinculación del espacio geográfico y sus elementos con el individuo que lo habita, garantizando la justicia social mediante la planificación, seguimiento y control de las actividades relacionadas al inventario, clasificación y actualización de los datos básicos territoriales; Inmuebles, Estructuras Viales, Infraestructura de servicios etc. Permitiendo la descripción geométrica de las parcelas y su respectiva individualización con la finalidad de generar una relación de equilibrio entre sus cinco aspectos fundamentales: físico, jurídico, valorativo, social y ecológico.

La cogestión en la recolección, clasificación y actualización de los datos catastrales busca interrumpir el manejo estático con el que se pretende gestionar la información básica territorial, de manera que teniendo en tiempo real la información generada por las comunidades organizadas al momento de producirse alguna mutación catastral, se lograría la sistematización del carácter dinámico del catastro, permitiendo la toma de decisiones de manera oportuna sin la necesidad de una intervención tecnócrata.

“Ahora bien, para dar cabida al sistema de planificación y gestión popular, se crean nuevas figuras participativas y mecanismos de cooperación para que la población se incorpore activamente en la solución de sus problemas con una mirada en lo colectivo” (Herrera, 2019, p. 3).

Uno de estos mecanismos debe ser el catastro comunal el cual, estará dirigido a mejorar de forma significativa la planificación de líneas de gobierno vinculadas al desarrollo del hábitat y la ciudad, abonando el terreno para el ordenamiento del territorio, la titularidad de la tierra y los planes de desarrollo comunales.

La humanización del catastro tradicional es la clave para el nacimiento de un nuevo catastro, un catastro cónsono con las necesidades del ser vivo, un catastro que contemple el ecosistema donde se desarrolla, un catastro que vive y se dinamiza a través del individuo, un Catastro Comunal.

Conclusión
El catastro tradicional con sus prácticas mercantilistas se distancia totalmente del beneficio de la colectividad, contribuyendo de esta manera a abrir la brecha de desigualdad en las ciudades, por esta razón se hace necesaria la construcción de un nuevo modelo catastral en el cual, las comunidades organizadas tenga una participación activa y establezcan una relación de cogobierno con las instancias constituidas a la hora de generar, clasificar y actualizar los datos básicos territoriales del ámbito geográfico al que pertenecen.
El catastro comunal surge como una instancia alternativa de cogestión en la planificación y organización del territorio, teniendo como bandera la justicia social y el equilibrio ecológico. La construcción del estado comunal no puede darse en términos del catastro mercantil, por esta razón es necesario apresurar el nacimiento del catastro comunal como una política de gobierno para la construcción del hábitat y la ciudad.

Bibliografía

Carola Herrera. (2019). “Construyendo la Ciudad Comunal: Desafíos de la planificación y gestión de lo común”.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). “Gaceta Oficial Extraordinaria N° 5453, Marzo de 2000”. 

Instituto Geográfico Agustín Codazzi. (2011). “Resolución N° 0070”.

Instituto Geográfico de Venezuela Simón Bolívar (2002). “Normas, Procedimientos, Especificaciones Técnicas, Instrumentos e Instructivos para la Formación y Conservación del Catastro Nacional”.

Instituto Lincoln en Política de Suelos (2007). “Catastro Multifinalitario Aplicado a Políticas de Suelo Urbano”.

Ley de Geografía, Cartografía y Catastro Nacional. (2000). “Gaceta Oficial Extraordinaria N°37002, Julio de 2000”.

Ley Orgánica de las Comunas. (2010). “Gaeta Oficial Extraordinaria N° 6011, Diciembre de 2010”.

Luis Melgarejo. (2019). “Derecho Catastral Inmobiliario”.



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