Alí Ramón Rojas Olaya. Profesor investigador de la Escuela Venezolana de Planificación y de la Escuela de Defensa Integral Comandante Eliézer Otaiza (Ediceo). Rector de la Universidad Nacional Experimental de la Gran Caracas. Presidente del Centro Rodrigueano de Investigación Social para la Latinoamericanidad (Crisol).
Tomado del semanario político Cuatro F, órgano comunicacional del Partido Socialista Unido de Venezuela.
El lunes 31 de agosto de 2020, el presidente Nicolás Maduro concedió indulto a 110 ciudadanos que cometieron crímenes de terrorismo. Las respuestas abarcan todo un abanico de molestias, conformidad, alegría, desazón, rabia e impotencia. Desde la protesta de un grupo de opositores radicales que les molesta que el indulto lo dio el presidente legítimo hasta grupos radicales de izquierda que se manifestaron furiosos, por las redes sociales.
El indulto es el perdón de la pena o castigo por un delito cometido, mas no del delito que la causó. Es decir, una persona indultada sigue siendo culpable del delito cometido, solamente que por algún motivo se le perdonó el cumplimiento de la pena.
(1) Bolívar y los indultos
El 7 de diciembre de 1813, Simón Bolívar, en el primer año del Decreto a Muerte, escribe desde Valencia: “Yo os empeño mi palabra de honor de olvidar todos vuestros pasados delitos, si en el término de un mes os restituís a vuestros hogares. Bajo esta salvaguardia, sagrada para mí, podréis gozar tranquilos de los bienes que os ofrece vuestra patria y podréis después aspirar por una buena conducta y útiles servicios a las consideraciones del Gobierno. Si alguno de vosotros resiste aún esta vía para entrar en el orden, es menester que sea un monstruo indigno de toda generosidad, y debe ser abandonado a la venganza de las leyes”.
El 1° de enero de 1827. Bolívar, presidente de la República de Colombia, decretó en Puerto Cabello un indulto general para los venezolanos comprometidos con el movimiento separatista conocido como La Cosiata. El decreto ordenó no perseguir ni juzgar a los comprometidos y respetar sus bienes. Además, restableció la autoridad de José Antonio Páez como jefe superior de Venezuela, y a Santiago Mariño como intendente y comandante general de Maturín. Todos debían reconocer y obedecer la autoridad de Bolívar. Se convocaría la Gran Convención para decidir la suerte de la República. En adelante, todo acto hostil se considerará delito de Estado. El 3 de enero de ese mismo año, se conoce una proclama del Libertador Simón Bolívar, en la que anuncia a los colombianos que, al conservarse la unidad de Venezuela en la República de Colombia, se han restablecido la paz y la unidad política y evitado la guerra civil.
(2) La noche septembrina
En Bogotá, capital de nuestro país, el 25 de septiembre de 1828, Bolívar es víctima de un atentado de magnicidio. Pedro Carujo y otros enconados enemigos de Bolívar, que fueron juzgados por el Consejo de Ministros y hallados culpables, se le conmutó la pena por la del destierro. Aún así fue inaugurada una nueva época de terror. Luego de un juicio dudoso, Santander fue hallado culpable y fue degradado, expulsado deshonrosamente y condenado a morir fusilado por la espalda, pero su pena, fue conmutada por el exilio por decisión del Libertador. Igualmente a Vicente Azuero y Florentino González se les conmutó la pena por el exilio, Vargas Tejada murió ahogado en un río durante su huida en los llanos orientales.
(3) Antonio José de Sucre
En la guerra de Independencia, Sucre, por mandato del Libertador Simón Bolívar, redacta el Tratado de Regulación de la Guerra de 1820. Sucre propuso unas condiciones que respetaban la dignidad humana. Fue tan magnánimo el contenido de aquel documento que el Libertador afirmó: “Este Tratado es digno del alma del General Sucre: la benignidad, la clemencia, el genio de la beneficencia lo dictaron; él será eterno como el más bello monumento de la piedad aplicada a la guerra; él será eterno como el nombre del vencedor de Ayacucho”.
Entre las cláusulas de este tratado están las siguientes: (1) La guerra entre España y Colombia se hará como la hacen los pueblos civilizados. (2) Todo militar tomado en el campo de batalla se guardará como prisionero de guerra y será respetado, hasta lograr su canje. (3) Los heridos no serán prisioneros de guerra. (4) Los militares o empleados que hayan desertado de sus banderas no pueden ser castigados con pena capital. (5) El canje de prisioneros será obligatorio. (6) Los habitantes de los pueblos que alternativamente se ocuparen por las armas de ambos gobiernos serán altamente respetados y gozarán de absoluta libertad y seguridad. (7) Los cadáveres, en los campos de batalla, recibirán los últimos honores de la sepultura.
(4) La victoria no da derechos
Para Sucre, “La victoria no da derechos”. Este cumanés inmortal había vivido en carne propia la ferocidad de la guerra: la mayoría de sus hermanos y muchos de sus familiares habían muerto a manos del enemigo. Sobre esto explica Vinicio Romero: “Al vencer en Ayacucho, tanto o más gloria le da a Sucre la capitulación concedida a los realistas, que la misma batalla. Él pudo acabar con todos los enemigos en el campo; él pudo acordarse de la carnicería que en diez años hicieron los españoles con su propia familia. Catorce parientes suyos fueron víctimas (...). Sí, éste es Antonio José de Sucre, el que en Pichincha y en Ayacucho se olvida de que eran españoles los asesinos de sus hermanos”.
Sucre, estando en ventaja es capaz de perdonar a sus contrarios cuando pudo haber ejercido la venganza. “Generoso por carácter, olvido mis agravios personales cuando media la causa pública —dice de sí mismo Sucre— y en lugar de venganzas y los estragos de la guerra, ofrezco la concordia entre los pueblos”.
El español Sarabia había sido condenado a la pena de muerte y Sucre, el 29 de julio de 1821, aboga por él aduciendo que se celebraba la reciente victoria de Guayaquil, por tanto “no debe afligirse a la humanidad derramando la sangre de un hombre..., yo imploro, señor, con las tropas de Colombia por la vida de este infortunado”. También Valentín Matos fue objeto de su clemencia. Había intentado asesinar a Sucre; sin embargo éste hace todo lo posible para que se tuviera clemencia con él. El 14 de diciembre de 1826, solicita “que dicho Matos sea reconocido por un facultativo, y si en efecto se encontrase enfermo podrá pasar a curarse a casa de sus padres”.
(5) Clemencia, tolerancia y bondad
En Bolivia, al decretar la amnistía contra los enemigos de la Independencia, declara el 24 de mayo de 1826: “Un velo impenetrable pone en perpetuo olvido los sucesos políticos de la revolución; por consiguiente nadie es responsable de sus opiniones pasadas”. De allí que, en 1828, en su último mensaje público Sucre declara: “No he hecho gemir a ningún boliviano: ninguna viuda, ningún huérfano solloza por mi causa; he levantado del suplicio porción de víctimas condenadas por la ley; y he señalado mi gobierno por la clemencia, la tolerancia y la bondad. En el retiro de mi vida veré mis cicatrices y nunca me arrepentiré de llevarlas cuando me recuerde que para formar a Bolivia preferí el imperio de las leyes a ser el tirano o el verdugo que lleva una espada pendiente sobre las cabezas de los ciudadanos”. Años antes, también había confesado: “A ningún hombre se ha perseguido, ninguna propiedad se ha atacado; ningún ciudadano ha sido arrestado si no ha sido por la ley”.
(6) Maduro, hombre de paz
Las almas de Bolívar y Sucre son grandes como la América. Son hombres de paz. Nicolás Maduro heredó de ambos la grandeza y la nobleza, y ha recurrido a la figura del indulto que se encuentra tipificado en el numeral 19 del artículo 236 de la Constitución Bolivariana de Venezuela: “Son atribuciones y obligaciones del Presidente o Presidenta de la República: Conceder indultos”. ¡Viva el presidente de la paz!
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